martes, 26 de enero de 2010

Principios Fundamentales del Sistema Educativo Venezolano


Los principios fundamentales del sistema educativo venezolano están contemplados en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación. Estos principios constitucionales se expresan en la Ley Orgánica de Educación, al fijar como objetivos de la educación, el pleno desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la vida, el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura y el espíritu de solidaridad humana. Además, se considera a la educación como un servicio público y como una función primordial e indeclinable del Estado, así como un derecho permanente e irrenunciable de la persona.
En las Disposiciones Generales de la Ley Orgánica de Educación, Titulo II, Capitulo I, se define al Sistema Educativo "como un conjunto orgánico, integrador de políticas y servicios que garanticen la unidad del proceso educativo, tanto escolar como extra-escolar y su continuidad a lo largo de la vida de la persona mediante un proceso de educación permanente. Asimismo, el sistema educativo se fundamenta en principios de unidad, coordinación, factibilidad, regionalización, flexibilidad e innovación".
La educación en Venezuela es gratuita y obligatoria entre los 7 y los 14 años de edad; asimismo, el Estado garantiza la gratuidad de la enseñanza pública secundaria y universitaria. La evolución de la alfabetización ha sido creciente y especialmente acelerada durante el periodo 1950-1990; la tasa de alfabetización en los habitantes de más de 10 años pasó del 51,2% en 1950 al 92,7% en 1994.
El Sistema Educativo Venezolano (según el Artículo 16 de la L.O.E.) está comprendido por niveles y modalidades. Los niveles se refieren a: la Educación Preescolar, la Educación Básica, la Educación Media Diversificada y Profesional y la Educación Superior. En cuanto a las modalidades del Sistema Educativo se tiene: la Educación Especial, la Educación para las Artes, la Educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros de Culto, la Educación para Adultos y la Educación Extra-escolar.
Se define como modalidades de la educacion a todas aquellas variantes del sistema Educativo Venezolano creadas para garantizar la atención educativa integral a la población con características e intereses diferenciados en lo biopsicosocial, cultural, histórico, geoeconómico e institucional.
Niveles y modalidades de la educación
Artículo 21. La estructura de la educación comprende niveles y modalidades. Son niveles: la educación preescolar, la educación básica, la educación media diversificada y profesional y la educación superior.
Son modalidades: la educación especial, educación para las artes, la educación militar, la educación para la formación religiosa, la educación de adultos y la educación extraescolar.

Otras modalidades
La educación extraescolar y sus formas
Artículo 57 La educación extraescolar está orientada al desarrollo de todo tipo de formación permanente de los venezolanos, a través de formas presénciales y/o a distancia, o con la combinación de ambos, a través del uso de procedimientos y metodologías que permitan la educación a lo largo de toda la vida, de los niños y las niñas, de los jóvenes y las jóvenes, de los hombres y mujeres, con el uso de los medios de información impresos, los radiofónicos, los audiovisuales, telemáticos, computarizados e informáticos, con el enfoque de sociedad pedagógica, donde la sociedad en forma específica, a través de sus organizaciones de la comunidad y, en su conjunto, interviene en el proceso de la educación permanente.

Educacion para las artes
Dirigido a personas, con vocación, aptitudes e intereses por las artes, para su formación profesional.

Educacion indígena
La educación indígena como modalidad integra a las poblaciones dentro de los niveles de la educación, haciendo de ello personas competentes y capacitadas, en el desarrollo de sus tareas.

Educacion rural
La educación rural en Venezuela es de forma cualitativa, es decir, requiere de la educación primaria y básica, con el fin de optimizar el desarrollo del individuo en el medio ambiente, el cual aporta la formación integral, mediante habilidades, destrezas y su capacidad científica, técnica y humanística.

Programa de instrucción premilitar
Fortalece al venezolano sobre la importancia de los problemas inherentes a la Soberanía, Defensa e Integridad de la República. Misión: El programa de Instrucción Pre- Militar es planificado y ejecutado por los Ministerios de la Defensa y de Educación, Cultura y Deportes; proporciona al estudiante de educación media diversificada y profesional los conocimientos de ciencias sociales y Militares inherentes a la soberanía e integridad territorial de la república que contribuyen a su formación integral .

Educacion extra-escolar
Atenderá los requerimientos de la educación permanente. Programas diseñados especialmente, proveerán a la población de conocimientos y prácticas que eleven su nivel cultural y artístico y moral y perfeccionen la capacidad para el trabajo.

Instituciones que contribuyen a la educación extraescolar
Artículo 58 Los museos, bibliotecas, escuelas de arte, centros educativos, empresas públicas y privadas contribuirán al desarrollo de la educación extraescolar, de acuerdo a lo que disponga el Reglamento de esta Ley.
Artículo 59 El Ministerio de Educación Cultura y Deportes reglamentará la forma como los medios de difusión y comunicación social, oficiales y privados intervienen en el proceso de educación extraescolar.

La educación militar
Artículo 60 La educación militar se rige por leyes y disposiciones especiales, sin perjuicio de la aplicación de las normas establecidas en la presente Ley.

De la educación religiosa
Artículo 61. La educación religiosa se rige por la presente Ley y su Reglamento, por las disposiciones emanadas de las autoridades religiosas competentes que no contradigan la Constitución.

Las Misiones Educativas...


Dentro de los principios rectores de la política social y económica, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en sus artículos 102, 103 y 110, en plena concordancia con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, consagra que toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades.
Estos principios han orientado la formulación de políticas públicas para garantizar la inclusión de toda la población a los procesos educativos, cuya implementación ha significado un crecimiento acelerado de las acciones en este sector, tanto en programas convencionales como en los no convencionales, donde se reflejan las Misiones Educativas, inmersas en el Nuevo Enfoque Inclusivo Educativo de Educación de Adultos, que ha traído un importante incremento de la matrícula, y que apuntan al cumplimiento del compromiso asumido por el Gobierno Nacional para alcanzar los Innovación y Ejemplos de Prácticas Idóneas En Educación de Adultos permanecen los programas convencionales propios del Subsistema, señalado en el cuadro anterior.
El Gobierno Bolivariano lanza en el año 2003 las Misiones Educativas

(Misión Robinson I, Robinson II, Robinson III, Robinson Productivo y Ribas), como medida para atender a las personas que hasta la fecha se encontraban excluidas del sistema educativo formal.
Las Misiones son estrategias orientadas a alcanzar metas a corto plazo, con un fuerte y
positivo impacto social

Misión robinsón I
Se inicia formalmente el 01 de Julio de 2003, incorporando a la población venezolana excluida al proceso de alfabetización a través del Método “Yo si puedo”, el cual consiste en asociar números y letras, bajo el supuesto de que el adulto iletrado conoce intuitivamente los números naturales (cada letra se relaciona con un número de acuerdo con un estudio previo de mayor a menor y utilización de los fonemas). Este método condujo la República Bolivariana de Venezuela a ser el primer país de América Latina en suprimir el analfabetismo y declarar, en octubre de 2005, su territorio libre de analfabetismo

Misión robinsón II (batalla por el sexto grado)
El 15 de Septiembre de 2003, nace la Misión Robinson II, con el fin de garantizar la prosecución al sexto grado de los egresados de Robinson I y de todos aquellos que habían sido excluidos de la educación formal. Esta segunda fase de la Misión se encuentra apoyada en el Método “Yo si Puedo seguir”, utilizándose como estrategias metodológicas la televisión, la vídeo clase y los folletos de apoyo como estrategia educativa.

Misión robinson III
Esta misión, prolongamiento de las dos anteriores, consiste en un programa para la promoción de la lectura y la escritura y sirve de espacio para el análisis, la reflexión, y el debate de temas de actualidad (políticos, sociales, económicos, culturales y ambientales).

Misión robinson productivo
Los Proyectos Socio Productivos de la Misión Robinson, responden a la necesidad de apoyar el mejoramiento del hábitat y de incrementar el ingreso familiar de la población a través de la formación para la producción de bienes y servicios, a fin de dignificar el crecimiento y desarrollo humano de la personal, de su grupo familiar y de comunidad en general.

Misión Ribas
En Octubre del año 2003, se crea la Comisión Presidencial de Participación Comunitaria para el Plan Extraordinario Misión Ribas, coordinado por el Ministerio de Energía y Minas.
La Misión Educativa “José Félix Ribas” esta dirigida a la formación de jóvenes, adultos y
adultas, en el nivel de secundaria, con la finalidad del egreso como bachilleres y bachilleras de la República. La metodología esta basada en la utilización de videos clases con la mediación de un facilitador o facilitadora.

lunes, 25 de enero de 2010

Educacion para adultos


Esta destinada a la atención de la población mayor de 15 años que desea acogerse a las ofertas de esta modalidad; en ella se desarrollarán los niveles de Educ. Básica, Media Divers. y Profesional y la aprobación de los estudios correspondientes dará derecho a los certificados y titulo correspondiente.
Las actividades correspondientes a esta modalidad, podrán desarrollarse en días no laborables y en cualquier horario , previa autorización del M.E.
Se brinda a un sector de la sociedad que concurre a las llamadas Escuelas para Adultos y Centros, con el objeto de continuar, especializar, su proceso de desarrollo o persiguiendo múltiples fines u objetivos; desde una capacitación profesional hasta un aprovechamiento inteligente del tiempo libre.
En la misma forma que consideramos que el niño no es un adulto pequeño, sino que es un ser con naturaleza, estructura, intereses y características propias, la educación para adultos no puede entenderse como un traslado de la educación brindada en las escuelas a otros centros de realización sistemática.
La educación para Adultos está destinada a una población realmente singular, con características, estructuras e intereses propios.
La Educación de Adultos es la parte del sistema educativo a quien le compete lo relativo a los servicios educativos que el Estado venezolano proporciona a las personas mayores de 15 años, a través de una oferta educativa de calidad que abarca una educación básica, media diversificada y profesional con salidas a la educación superior y capacitación en un oficio, garantizando competencias básicas para la incorporación al campo laboral, combinando estrategias flexibles que proporcionan al adulto desarrollo personal, social, cultural, comunitario y económico en pro del bienestar común y de la sociedad. Con este propósito le compete al organismo rector de la modalidad, formular, coordinar, ejecutar, promover y desarrollar las políticas que en materia educativa demanda la población adulta del país. La Dirección de Educación de Adultos, desarrolla acciones dirigidas a atender los niveles de Educación Básica y Media Diversificada y Profesional. La administración y evaluación curriculares, se sustentan en los principios de flexibilidad y participación, de acuerdo a las necesidades educativas de la población, la cual puede optar por estrategias de aprendizaje presencial, a distancia, radiofónica o por la estrategia de evaluación Libre de Escolaridad.

La Dirección General de Educación de Adultos es la dependencia responsable de promover y asegurar a través de estrategias formales y no formales la atención educativa, de los jóvenes y adultos, asegurando su inclusión, permanencia y desarrollo de habilidades y destrezas que lo integren al campo laboral. Le corresponden las siguientes atribuciones:
• Ejecutar las políticas de educación para la adulta y el adulto.
• Fomentar la creación de los servicios adecuados para la atención educativa de la adulta y el adulto.
• Dirigir y supervisar los aspectos técnicos, docentes y administrativos de los programas de educación de la adulta y el adulto.
• Promover y participar en la formación de personal calificado.
• Establecer mecanismos de atención a la población adulta, a través de la promoción de una formación técnica y profesional.
• Vincular las acciones educativas de la adulta y el adulto con instituciones nacionales e internacionales de carácter público y privado.
• Propiciar programas de investigación y experimentación en el subsistemas de educación de la adulta y el adulto.
• Participar en el control de gestión
• Las demás que se le asignen en materia de su competencia.

Fundamentación legal
• Artículo 53 La educación de adultos comprende el conjunto de procesos de la educación formal y la permanente, la educación no formal y toda la gama de oportunidades de educación informal y ocasional existentes en la sociedad. Esta dirigida a todas las personas mayores de dieciocho (18) años, con el objetivo de desarrollar en ellas y en las comunidades el sentido de responsabilidad, reforzar la capacidad de hacer frente a las transformaciones de la economía y la sociedad en su conjunto. Así como promover la coexistencia, la tolerancia y la participación consciente y creativa de los ciudadanos y ciudadanas en su comunidad para entregar a la gente y a las comunidades el control de su destino y de la sociedad para afrontar los desafíos del futuro.
• Artículo 54 El régimen y los programas de estudio de educación de adultos serán normados de manera especial en el Reglamento de esta Ley.
• Artículo 55 La educación de adultos conducirá a la alfabetización, al certificado de educación básica o al título de bachiller, en la especialidad correspondiente, una vez cumplidos todos los requisitos establecidos en la Ley y su Reglamento.
• Artículo 56 Los centros de educación superior serán los encargados de desarrollar la educación de adultos y crear los procedimientos para su ingreso y egreso, de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento.

La Educacion especial


“Para un aprendizaje diferente, una enseñanza diferente. Es por eso que existe la educación Especial.”

La Educación Especial en Venezuela
La educación especial se rige por el concepto amplio de la educación, sostenido así mismo en "La Revolución Educativa" la cual señala, que sin desconocer la interdependencia que existe entre la formación y la instrucción, deberán anteponerse los fines formativos que conducen al sujeto a conquistar una personalidad autónoma y socialmente integrada.

Definiciones de Educación Especial
La educación especial es un área de la educación general que, a través de métodos y recursos especializados, proporciona educación diferenciada o individualizada a los sujetos con necesidades especialidades.
Es aquella destinada a alumnos con necesidades educativas especiales debidas a sobredotación intelectual o discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales.

Educación especial. subsistema del sistema educativo bolivariano
La Educación Especial es un proceso integral, continuo, sistemático y multifactorial de formación de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con Necesidades Educativas Especiales, que permite la integración social, en el ámbito familiar, escolar y al mundo del trabajo.
Debe ser impartida por personal debidamente entrenado y a través de contenido programáticos específicamente diseñados, permanentes o transitorios. Implica un ámbito tan complejo que requiere, además de la figura esencial del educador especialista, de la participación de una gran gama extensa de disciplina y de la intervención de profesionales muy variados.

Fines y Objetivos de la Educación Especial
Sus fines son los mismos que en la Educación General. En su campo, también se trata de elevar la condición actual del individuo a una condición superior.
Por eso, el fin que se persigue en la educación especial de Venezuela es el mismo que se establece en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 81, que dice:
Toda persona con discapacidad tiene derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. El estado con la participación solidaridad, de las familias y la sociedad, les garantizara el respeto a su dignidad humana, la equiparación de oportunidades, condiciones laborales satisfactorias y promueve su formación.
Otro objetivo que persigue esta modalidad es atender a aquellas personas cuyas características físicas, intelectuales o emocionales les impida adaptarse y progresar en los diferentes niveles del sistema educativo. Igualmente presta atención especializada a aquellas personas que posean aptitudes superiores a lo normal. La Educación Especial está enmarcada en el derecho a una educación de calidad para todos que de respuesta a la diversidad. Las personas con necesidades educativas especiales no pueden ser discriminadas ni excluidas de la escuela.

Fundamentos filosóficos
Filosófica: Con visión Humanista Social, que centra la acción en el ser social en interacción con su medio, sus potencialidades y necesidades intrínsicamente humanas, con las personas de su contexto familiar y del entorno comunitario, que asume al educando en su condición de persona desde una perspectiva biopsicosocial, expresado en los fines que se asignen a la Educación.
Teleológica: La finalidad de la Educación: la Formación Ciudadana.
Socio-política: La persona con discapacidad, concebida como ciudadano de la República, sujeto de derecho, cumplidor de sus deberes, con sentido de responsabilidad y corresponsabilidad social.
Axiológica: Establece entre sus propósitos formar un ciudadano para la transformación de sí mismo y de su sociedad, con los valores referidos a la ética a lo largo de la vida.
Biológica: Referido al desarrollo físico, estructuración y funcionamiento del Sistema Nervioso y al proceso de maduración en función de las condiciones sociales y de vida del educando, deberán desarrollarse acciones conjuntas entre el sector educativo y los sectores responsables de la atención integral de la población.
Epistemológica: Se concibe el conocimiento como producto de la mediación social.

Fundamentación legal
• CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Art. 102, 103 y específicamente el 81
• LOPNA
• LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
• LEY PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Publicada en la Gaceta Nº 38.595 (05-01-2007) derogando la Ley para la Integración de Personas Incapacitadas.  El texto se orienta a “regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación como ciudadanas y ciudadanos plenos de derecho y la participación solidaria de la sociedad y la familia.
• (Art. 1 )  Ampara a todas las venezolanas y venezolanos y extranjeros con discapacidad
• (Art. 3 )  Legisla en torno a la Atención Integral en salud de la persona con discapacidad ( Art. 10 )  Prevención
• (Art. 11 )  Habilita, cuando es congénita y rehabilita, cuando es adquirida
• (Art. 12 )  Hace énfasis en la “difusión de mensajes sobre Discapacidad” orientados a prevención de enfermedades y accidentes discapacitantes
• ( Art. 23 )La Dirección de Educación Especial del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes establece, como instancia nacional, la política educativa para garantizar a los niños jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales el acceso a la Educación Integral, el respeto a la diversidad en igualdad de condiciones y oportunidades, de manera que participen activa y responsablemente en los cambios requeridos en el desarrollo del país. Misión: Es el ente rector en el diseño y la supervisión de la política que garantiza el derecho a la educación de niños, niñas, adolescentes y adultos con necesidades educativas especiales, el acceso a una educación integral, el respeto a la diversidad de igualdad de condiciones y oportunidades, en un continuo de la atención educativa integral para que participen de manera activa y responsable en los cambios requeridos para el desarrollo del país, a través de un modelo de atención educativa integral, desde temprana edad hasta la adultez, como respuesta a los derechos constitucionales.
La población con necesidades educativas especiales se atiende de acuerdo a los siguientes grupos: Desde la gestación a 6 años, 6 a 15 años y más.

ADMINISTRACIÓN DE LAS POLÍTICAS EDUCATIVAS EN EDU. ESPECIAL LINEAS DE ARTICULACIÓN INTRADISCIPLINA INTRASECTORIAL INTERSECTORIAL Coordinación política, Con políticas, programas Con sector Programático y operativo Y proyectos del Sistema Gubernamentales y Entre planteles y servicios Educativo Bolivariano. No Gubernamentales del área
Organización de la actividad docente atención educativa integral línea de trabajo ámbito del aula integrada acción cooperativa ámbito del aula regular actividad educativa ámbito de la comunidad actuación conjunta abordaje y resolución de situaciones educativas acuerdos sobre: planificación, organización de recursos, trabajo en equipo evaluación, atención al estudiante, familia y comunidad. Interdisciplinario visión integral del estudiante. Evaluación intercambio de saberes. Planificación integración de conocimientos. Atención sistematización conjunta.
Acción cooperativa en los subsistemas dificultades de aprendizaje aulas integradas prevención. Educación ámbito del aula regular inicial ámbito de la comunidad bolivariana ámbito del aula integrada. Educación acción cooperativa ámbito del aula regular. Primaria ámbito de la comunidad. Bolivariana atención individualizada educación ámbito del aula regular secundaria bolivariana
Cooperación en el ámbito del aula regular adaptaciones curriculares es un tipo de estrategia educativa, generalmente dirigida a estudiantes con necesidades educativas especiales, consistente en la adecuación en el currículo de un determinado subsistema, con el fin de hacer que un determinado objetivo o contenido sean mas accesibles a un estudiante o grupo o bien sea, eliminar aquellos elementos del currículo que les sea imposible alcanzar a causa de su discapacidad.
Cooperación en el ámbito del aula especial psicofunciones estrategias de aprendizaje orientadas al estímulo de las psicofunciones, además de apoyar de manera individualizada en su proceso de aprendizaje.
Cooperación en el ámbito de la comunidad apoyo pedagógico en el hogar fomentar la participación de los padres en el proceso de aprendizaje de sus hijos, orientándolos en el apoyo pedagógico en el hogar y otros factores que influyen en su educación integral.
Formativa-cualitativa evaluación de los procesos de aprendizaje

Nivel Educación Superior


Se refiere al proceso, los centros y las instituciones educacionales que están después de la educacion secundaria o media, y donde se puede obtener una titulación superior (o título superior). Incluye los estudios de grado (llamados comúnmente profesionales o “de pregrado”) y los estudios de postgrado o avanzados, todos posteriores al Bachillerato.

Principios leyes y normas
Los fines, estructura y funcionamiento de la educación superior en Venezuela están definidos en la Constitución Nacional y en un conjunto variado de leyes y reglamentos, entre los cuales destacan la Ley Orgánica de Educación, la Ley Orgánica de la Administración Central y la Ley de Universidades

Organismos de dirección y coordinación
La educación superior venezolana dependía de un Ministerio que a lo largo de la historia recibió diversos nombres (Ministerio de Instrucción Publica, de Educación Nacional, de Educación, Cultura y Deportes). Hoy día se maneja , una Ley de Educación Superior con la cual el nuevo Ministerio se convierte realmente en ente rector, coordinador y supervisor del sistema nacional de educación superior

Pregrado
Se refieren a los estudios que proporcionan una formación laboral básica a nivel universitario, los cuales pueden ser de dos categorías:
• Carreras cortas: Conducentes a títulos de Técnico Superior Universitario (T.S.U), con estudios de dos a tres años de duración.
• Carreras Largas: Conducentes a títulos profesionales (Abogado, Médico, Ingeniero, etc.) o de Licenciado (en Historia, Biología, Educación, etc.), los cuales exigen estudios de 5 o 6 años, o su equivalente en semestres, diez o doce períodos respectivamente.


Post grado
Se definen como toda actividad que tenga por finalidad elevar el nivel académico y el desempeño profesional de los egresados del subsistema nacional de educación superior En efecto, los estudios de postgrado tienen como finalidad fundamental:
• Profundizar la formación de los profesionales universitarios de manera que responda a la demanda social en campos específicos del conocimiento y del ejercicio profesional; y,
• Formar investigadores que sirvan a los altos fines del desarrollo nacional en los campos de la ciencia, la tecnología y las humanidades.

Nivel Media Diversificada y Profesional


Constituye el tercer nivel obligatorio del Sistema Educativo; es el nivel siguiente a la Educ. Básica y previo a la de Educ. Superior, así como con las modalidades de Educación de Adultos, de Educación para las Artes y Educación Militar. Este nivel comprende la formación de bachilleres y de técnicos medios en las especialidades correspondientes, por lo que tendrá una duración de 2 ó 3 años según sea el caso.
La educación que se imparte en este nivel es gratuita en las instituciones oficiales, y los beneficiarios de la misma deberán retribuir servicios a las comunidades que las rodean, tal y como lo contempla la Ley Orgánica de Educación.

Principios:
El nivel de educación media diversificada y profesional se fundamenta en las finalidades generales y específicas que contempla la Ley Orgánica de Educación para el mismo, y en los principios de unidad, coordinación, factibilidad, regionalización, flexibilidad e innovación, los cuales caracterizan nuestro sistema educativo.
La ley antes citada define, en su artículo 23, el nivel de educación media diversificada y profesional de la siguiente forma:
La educación media diversificada y profesional tendrá una duración no menor de dos años. Su objetivo es continuar el proceso formativo del alumno iniciado en los niveles precedentes, ampliar el desarrollo integral del educando y su formación cultural; ofrecerle oportunidades para que defina su campo de estudio y trabajo, brindarle una capacitación científica, humanística y técnica que le permita incorporarse al trabajo productivo y orientarlo para la prosecución de estudios en el nivel de educacion superior.

Fundamentación legal
Artículo 31. La educación media diversificada y profesional tiene por finalidad profundizar los conocimientos, actitudes, métodos de aprendizaje, valores y saberes científicos, humanísticos y tecnológicos de los jóvenes y las jóvenes venezolanos, que culminaron su educación básica, así como continuar con su formación ética y ciudadana, compenetrado con los valores de la nacionalidad y de la democracia, conducentes a la preparación para su incorporación al mercado de trabajo y/o proseguir sus estudios en educación superior.
Artículo 32. Comprende el último nivel de la educación gratuita y obligatoria y su duración será de tres años, al final de los cuales el alumno que haya aprobado todos los requisitos establecidos en esta Ley, recibirá el título de bachiller en la especialidad y mención correspondiente.
Especialidades en que se obtiene el título de bachiller
Artículo 33. Las especialidades en las que se recibe el título de bachiller son las siguientes:
Ciencias Biológicas y de la Salud. Ciencias Físicas y Naturales. Ciencias Sociales y
Económicas. Arte y Literatura. Educación Física, Recreación y Deportes. Tecnología
Informática. Tecnología Metal-Mecánica. Tecnología de Construcción, Tecnología
Agrícola. Tecnología del Mar. O cualquier otra que determine el Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes.
Artículo 34. La obtención del título de bachiller, es requisito indispensable para la
prosecución escolar en el nivel de educación superior.

Nivel Educación Básica - Educación Primaria


Es el subsistema del Sistema Educativo Bolivariano que garantiza la formación de los niños y las niñas desde los seis (6) hasta los doce (12) años de edad, aproximadamente, o hasta su ingreso al subsistema de Educación Secundaria Bolivariana. Constituye el segundo nivel obligatorio del Sistema Educativo; es el nivel siguiente al Pre-escolar y previo al de media diversificado y profesional. Este nivel durará nueve años escolares, comprende 3 etapas, con 3 años de escolaridad cada uno y se cursará preferentemente a partir de los 6 años de edad.

Antecedentes
Durante la década de los años 70 se realizaron reformas educativas, en las cuales se rediseñaron planes y programas con la finalidad de aumentar la cobertura de la educación primaria. En la década de los años ochenta, específicamente el 13 de junio de 1980 se decreta la creación del subsistema de educación básica cuya duración fue de nueve años. El periodo 1990-94, se implementaron una series de nuevas políticas, tomando en cuenta que dentro del sistema curricular debían incorporarse asignaturas como educación para el trabajo. A partir del año 1999 se implementan políticas educativas con el fin de mejorar la calidad de la educación y evitar la exclusión, la deserción y la repitencia escolar.; retomando la tendencia al crecimiento de la matrícula. Y presentando un currículo más real y acorde con las necesidades de los estudiantes.

Objetivos:
• Promover la justicia social
• Garantizar el derecho a todos los niños, niñas y adolescentes a una educación integral de calidad
• Lograr la permanencia, prosecución y culminación de los requerimientos académicos
• Satisfacer las necesidades de alimentación y de atención preventiva en salud.

Filosofía:
Se encuentra enmarcada bajo los siguientes fundamentos filosóficos: humanista, emancipadora, liberadora, participativa, democrática, equitativa y donde el ser humano es el centro de toda actividad educativa.

Misión
Va Orientada a desarrollar en los alumnos (as) una formación de hábitos y valores, requeridos para la construcción de nuevos conocimientos y para lograr la formación del nuevo republicano (na); ajustados a los contextos reales de la localidad, el Estado y de la Nación en general. Además procura un ambiente apto para lograr una verdadera comunidad escolar, que sirva de base a los procesos de integración Escuela -Comunidad. Asimismo se busca la construcción de un ambiente de respeto y cordialidad que permita emerger sentimientos de solidaridad y compañerismo.

• Un ejemplo de renovación pedagógica permanente
• La escuela lucha contra la exclusión educativa para alcanzar una educación de calidad para todos.
• Una escuela con flexibilidad curricular